BOLETÍN OFICIAL Nº 122 ANEXO – 27/10/21

DECRETO Nº 3810-S/2021.-

EXPTE. Nº 721-363/2020.-

Agdos. N° 721-201/19, N° 721-463/19, N° 721-810/19, N° 721-812/19, N° 721-901/19, N° 721-905/19, N° 721-908/19, N° 721-1009/19, N° 721-1097/19, N° 721-1107/19, N° 721-1131/19, N° 721-1138/19, N° 721-1141/19, N° 721-1149/19, N° 721-1175/19, No 721-1229/19, N° 721-1240/19, No 721-1293/19, N° 721-1295/19, N° 721-1330/19. N° 721-1331/19,/ N° 721-1401/19, No 721-1409/19, N° 721-1412/19,/ N° 721-1429/19, N° 721-1438/19, N° 721-1458/19, N° 721-1473/19, No 721-1528/19, N° 721-1555/19, N° 721-1559/19, N° 721-1569/19, N° 721-1571/19,N° 721-1576/19, No 721-1827/19, N° 721-1842/19, N° 721-1849/19, N° 721-1864/19, N° 721-1885/19, N° 721-1888/19, N° 721-1889/19, N° 721-1898/19/N° 721-1900/19, N° 721-1903/19, N° 721-1904/19,/N° 721-1952/19, No 721-1962/19, N° 721-2008/19,/N° 721-2078/19, N° 721-2079/19, y N° 721-2080/19.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 AGO. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar la erogación derivada del Expte. N° 721-363/2020 y agregados, caratulado “DEUDA PUBLICA 2019”, cuando la misma corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables a la Partida 03-10-15-01-26 “Para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” DEUDA PÚBLICA, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2021 – Ley N° 6213, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto, debiendo el organismo respectivo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.-

ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 3º.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud, a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR