BOLETÍN OFICIAL Nº 120 ANEXO – 22/10/21
EXPTE Nº 0516-310/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 JUN. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Apruébese el Plano de Mensura y Anteproyecto de Loteo proyectado sobre el inmueble, individualizado como Parcela 87-A, Padrón P-44975, Circunscripción 1, Sección 9, Matrícula P-4919, ubicado en la Localidad de Río Blanco, Departamento Palpala, Provincia de Jujuy;
ARTICULO 2°.- Dispónese que la aprobación del presente fraccionamiento es al sólo efecto de su Registración en la Dirección Provincial de Inmuebles, bajo la completa responsabilidad técnica del profesional actuante, quien deberá Previo a la aprobación del plano loteo definitivo cumplir con todas las Sugerencias realizadas por el Consejo. De Planificación de Obras y Servicios Públicos.-
ARTÍCULIO 3°.- Aceptase la transferencia al Estado Provincial de los espacios reservados para uso Público, que surgen del Plano que por este acto se aprueba, consecuentemente, el Departamento Registro Inmobiliario de la Dirección Provincial de Inmuebles tomará razón de los espacio destinados para uso público, según exigencias de la Ley 2903/72, y atento a lo establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994).‑
ARTICULO 4°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado, notifíquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, siga a Escribanía de Gobierno, Dirección Provincial de Inmuebles y Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda a sus efectos. Cumplido, vuelva a Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR