BOLETÍN OFICIAL Nº 118 ANEXO – 18/10/21
EXPTE. Nº 720-0036/19.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 JUL. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Téngase por promovida a la Sra. Julia Rosa Herrera, CUIL 27-11868799-5, al cargo Categoría 24, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General- Ley N° 3161/74, de la U. de O.: R5-04 “Centro de Rehabilitación Dr. Vicente Arroyabe”, por el periodo comprendido entre 01 y el 31 de enero del 2020, según lo dispuesto por la Ley Nº 5502/05 y su Decreto Reglamentario N° 8865-H‑07, de conformidad a lo expresado el exordio.-
ARTICULO 2°.- La erogación emergente del trámite, se atenderá con la partida presupuestaria que el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, ejercicio 2021, Ley N°6213, indica a continuación:
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):
Deuda Pública Provincial 03-10-15-01-26 “P/Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-
ARTICULO 3°.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del artículo 3°, Anexo I del Decreto N° 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al artículo 100º Bis de la Ley N° 3161/74, modificado por Ley N° 5748.‑
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas. –
ARTICULO 5°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud, a sus efectos. –
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR