BOLETÍN OFICIAL Nº 117 – 15/10/21

RESOLUCIÓN Nº 217- SCA/2021.-

EXPEDIENTE. N° 1101-90-S-2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 JUN. 2021.-

VISTO:

La solicitud de rectificación presentada por la Secretaría de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación para el proyecto Creación de Jardines de Infante en el marco del PROMEDU (Programa de Apoyo a la Política de Mejoramiento de la Equidad Educativa), que se tramita mediante Expte. Administrativo N° 1101-90-S-2021.

La Ley Provincial Nº 5063 “General del Medio Ambiente” y sus Decretos Reglamentarios Nº 5980/06 “Evaluación de Impacto Ambiental y Normas Técnicas de Calidad Ambiental para la protección de la Atmósfera, de las Aguas y del Suelo”, su modificatorio Nº 9067/07, N° 5606/02 “De las Infracciones y Sanciones”, la Resolución N 212/2007 – S.M.A. y R.N, La ley Procesal Administrativa de la Provincia de Jujuy N° 1886, la Resolución Nº 214/2021-SCA, la Ley N°5875 Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto N° 1-G-2019 y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Nº 214/2021-SCA la Secretaría de Calidad Ambiental emitió una Declaración de Ausencia de Impacto Ambiental Significativo al proyecto de Creación de Jardines de Infantes dentro de la provincia de Jujuy en el marco del Programa de Apoyo a la Política de Mejoramiento de la Equidad Educativa (PROMER IV), para los establecimientos incluidos en el anexo de dicha resolución, presentado por la Secretaría de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación de la Provincia de Jujuy.-

Que, la mencionada Secretaría de Infraestructura Educativa solicitó, mediante Nota N° 612/2021-SCA, la rectificación del nombre del programa de financiamiento PROMER IV por PROMEDU debido a que en la primera presentación se consignó erróneamente la designación del mismo.-

Que, por todo lo expuesto, el Área Técnica de esta Secretaría considera que la solicitud responde a un mero error involuntario de carácter administrativo y por consiguiente no se encuentran impedimentos para dar lugar a lo solicitado aconsejando rectificar el Artículo 1° de la Resolución N° 214/2021-SCA.-

Por ello;

EL SECRETARIO DE CALIDAD AMBIENTAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Rectificar el Artículo 1° de la Resolución N° 214/2021-SCA por el siguiente: “ARTICULO 1°: Declarar la Ausencia de Impacto Ambiental Significativo al Proyecto denominado “Creación de Jardines de Infantes, en el marco del Programa de Apoyo a la Política de Mejoramiento de la Equidad Educativa- PROMEDU”, solicitado por el Subsecretario de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación, a ubicarse en los Departamentos de El Carmen, Santa Bárbara y San Pedro, de acuerdo al detalle de ubicación adjunta en Anexos, por los motivos expuestos en el exordio, exceptuando al proponente de cumplir con el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental previsto en los Decretos N° 5980/06 y su modificatorio N° 9067/07.”

ARTICULO 2º: Manténgase la vigencia plena de los restantes artículos de la Resolución Nº 214/2021-SCA, a todos los efectos que pudieren corresponder.-

ARTICULO 3°: Firmado, regístrese por Despacho de esta Secretaría. Notifíquese a La Secretaría de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación y a la Dirección de Evaluación Ambiental y Fiscalización. Cumplido, archívese.-

 

Ing. Pablo Bergese

Secretario de Calidad Ambiental