BOLETÍN OFICIAL Nº 117 ANEXO – 15/10/21

DECRETO Nº 3627-S/2021.-

EXPTE. Nº 246-243/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 JUL. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modificase la planta del personal permanente de la Unidad de Organización R6-01-04 Hospital “San Roque”, dependiente de la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, conforme se indica a continuación:

CREASE:

Personal de Escalafón General – Ley N° 3161

Agrup. Serv. Grales.

CARGOS     CATEGORIA

7                      1

ARTÍCULO 2°.- Designase en los cargos categoría 1, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N° 3161/74, de la planta de personal permanente de la U. de O.: R 6-01-04 Hospital “San Roque”, a las Sras. Silvia Liliana Veliz, CUIL 23-24311302-4, Yolanda Cristina Arias, CUIL 27-21803671-1, Lydia Angélica Choque, CUIL 27-05743064-3, Amelia Gladis Salas; CUIL 27-18377342-4, Susana Iris López, CUIL 27-10375344-4, Margarita Santos Ibarra, CUIL 23-19044326-4, y Olga Gabriela
– Calizaya, CUIL 27-18156927-7, a partir de la fecha del presente decreto.‑

ARTÍCULO 3°.- Lo dispuesto en este Decreto se atenderá con las respectivas partidas de “Gasto en Personal” asignadas a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O. 6 01-01 Hospital San Roque, las que de resultar insuficientes tomarán fondos de la 01-01-01-01-95 Regularización Decreto N° 9316-G-19; asignada a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro, previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley N° 6213, ejercicio 2021.‑

ARTICULO 4°.- Rescíndase a partir de la fecha del presente decreto, los contratos de servicios celebrados oportunamente entre el Estado Provincial y las Sras. Silvia Liliana Veliz, CUIL 23-24311302-4, Yolanda Cristina Arias, CUIL 27-21803671-1, Lydia Angélica Choque, CUIL 27-05743064-3, Amelia Gladis Salas, CUIL 27-18377342-4, Susana Iris López, CUIL 27-10375344-4, Margarita Santos ‘Ibarra, CUIL 23-19044326-4, y Olga Gabriela Calizaya, CUIL 27-18156927-7.‑

ARTICULO 5°.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTICULO 6°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR