BOLETÍN OFICIAL Nº 116 ANEXO – 13/10/21

DECRETO Nº 3824-S/2021.-

EXPTE Nº 715-1612/15.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 AGO. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Téngase por otorgada y usufructuada la licencia sin goce de haberes, de la Dra. Ana Fabiola del Valle Ávalos Saavedra, CUIL 27-21180789-5, en el cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno, Infantil “Dr. Héctor Quintana”, por los períodos comprendidos entre el 1° de junio de 2015 y el 31 de mayo de 2016, y el 1° de junio de 2016 y el 31 de mayo de 2017.‑

ARTICULO 2°.- Téngase por designada en carácter de reemplazante a la Dra. María Luz Cosentini, CUIL 23-27232157-4, en el cargo categoría A 0-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, y por cumplidos los servicios prestados durante el período comprendido entre el 1° de junio y el 5 de julio de 2015.-

ARTICULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atendió con la partida presupuestaria prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercido 2021, Ley N° 6213, que a continuación se indica:

EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):

Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 3-10-15-01-26: “P/Pago de Obligaciones No Comprometidas Presup. en Ejercicios Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.

ARTICULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTICULO 5°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase .a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR