BOLETÍN OFICIAL Nº 115 ANEXO – 06/10/21

DECRETO Nº 2845-ISPTyV/2021.-

EXPTE. Nº 617-098/2018.-

Agreg. Expte. Nº 0516-0420/2010.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 MAR. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Rectificase el Artículo 1° del Decreto N° 10715-ISPTYV-2019, de fecha 24 de Septiembre de 2019, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 1º.- Aceptase la donación efectuada por la Empresa Ledesma S.A.A.I del inmueble individualizado catastralmente según Plano de Mensura de Fracción para Donación N° 11503 de fecha 05 de Septiembre de 2011 como: Circunscripción 1, Sección 4, Parcela N° 891, con una superficie de 2 Has 4905,58 m2, ubicado en la Localidad de El Talar, Departamento Santa Bárbara, Provincia de Jujuy, que se disgrega del inmueble que en mayor extensión se individualiza como: Lote Rural Nº 1, Padrón F-39, dominio inscripto Libro 1, Folio 29, Asiento 19, Marginal Dpto. Santa Bárbara, con el cargo de ser destinado al cumplimiento del programa provincial de emergencia “Un lote para cada familia jujeña que lo necesite”, implementado por la Provincia de Jujuy, a través de los decretos N° 9190-H-2011 y 9191-H-2011.-”

ARTICULO 2º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga a Escribanía de Gobierno; Dirección Provincial de Inmuebles, Dirección Provincial de Rentas, cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura Servicios Públicos Tierra y Vivienda.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR