BOLETÍN OFICIAL Nº 114 ANEXO – 04/10/21
EXPTE. Nº 500-92-2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 MAR. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Apruébense, a partir de los meses de febrero, marzo, abril y mayo del 2021, en los importes y con los alcances que se establecen en sus respectivos anexos I, II y III, las nuevas Escalas Salariales del personal de la Policía de la Provincia y Dirección General del Servicio Penitenciario.-
ARTICULO 2º.- Lo aquí dispuesto será de aplicación a los efectos de la movilidad de los haberes de retiros y pensiones por las razones expuestas en el exordio, debiendo observarse a tal fin lo previsto en el Artículo 26 de la Ley N° 3.759/81.-
ARTICULO 3º.- Para la observancia de lo establecido en este acto, encomiéndese a la Unidad de Control Previsional la realización de las gestiones que fueren menester ante los Organismos pertinentes, en lo que resulte materia de su competencia.-
ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto se atenderá con la partida de Gastos en Personal que al efecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente en la provincia.-
ARTICULO 5°.- Facúltese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a dictar las normas interpretativas y reglamentarias que sean necesarias para la implementación de lo aquí dispuesto.-
ARTICULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Seguridad.-
ARTICULO 7º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Unidad de Control Previsional, Policía de la Provincia, Dirección General del Servicio Penitenciario, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Ministerio de Seguridad. Luego, vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas y archívese.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR