BOLETÍN OFICIAL Nº 113 ANEXO – 01/10/21

DECRETO Nº 3602-E/2021.-

EXPTE. Nº 1056-8091-17.-

C/Agreg. 1056-8073-17; 1056-20846-17;1056-20265-17;1056-3704-18;1056-8121-18;1056-9282-18 y 1056-11882-18.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 JUL. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Dispónese la aplicación de la sanción expulsiva de CESANTIA al Sr. Luis Alfredo Correa, D.N.I. N° 13.019.683, docente de la Escuela Provincial de Comercio N° 6 de la ciudad de Libertador General San Martín, por haber transgredido la normativa del Artículo 100° inc. 23 de la Ley 3161/74 e incurrido en falta grave contemplada por el Artículo 173° inc. 3 de la citada Ley, por las razones esgrimidas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación, procédase a notificar al Sr. Luis Alfredo Correa, la parte dispositiva del presente Acto Administrativo y remítase copia certificada de la misma, a la Dirección Provincial de Personal.-

ARTICULO 3°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2° del presenté Decreto. Cumplido, pase a la Secretaría de Gestión Educativa, Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Secundaria, Área de Recursos Humanos, Dirección de Educación Secundaria, Dirección Provincial de Administración y Dirección Provincial :de Personal, vuelva al Ministerio de Educación para demás efectos. Hecho, archívese.

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR