BOLETÍN OFICIAL Nº 112 ANEXO – 29/09/21
EXPTE. Nº 715-567/18.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 AGO. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Téngase por promovida a la Sra. Olga Rosario Velásquez Valdez, CUIL 27-92639410-5, al cargo Categoría 24 (c-4), Agrupamiento Técnico, Escalafón General-Ley N° 3161/74, de la U. de O.: R6-01-03, Hospital Materno Infantil Dr. Héctor Quintana, por el periodo comprendido entre 01 de enero del 2019 al 30 de abril del 2020, según lo dispuesto por la Ley N° 5502/05 y su Decreto Reglamentario N° 8865-H-07, de conformidad a lo expresado en el exordio. –
ARTÍCULO 2°.- La erogación emergente del trámite, se atenderá con la partida presupuestaria que el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, ejercicio 2021, Ley N° 6213, indica a continuación:
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):
Deuda Pública Provincial 03-10-15-01-26 “P/Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercidos anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos. –
ARTICULO 3°.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del artículo 3º, Anexo I del Decreto N° 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al artículo 100° Bis de la Ley N° 3161/74, modificado por Ley N° 5748.‑
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas. –
ARTICULO 5°.- Regístrese. Tomen razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud, a sus efectos. –
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR