BOLETÍN OFICIAL Nº 112 ANEXO – 29/09/21
EXPTE. Nº 781-76/19.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 AGO. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2021 – Ley N° 6213, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R6-01-06 Hospital Ntra. Sra. del Carmen
SUPRIMASE
Categoría Nº de Cargo
A 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley Nº 4418
Total 1
CREASE
Categoría Nº de Cargo
A-1 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley Nº 4413
Total 1
ARTICULO 2°.- Téngase por designado en carácter de interino al Licenciado Pablo Joaquín Vallejo, CUIL 23-33236399-9, en el cargo categoría A-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413, para cumplir funciones de Lic. Psicología en la U. de O. R6-01-06 Hospital “Ntra. Sra. del Carmen”, a partir del 15 de abril de 2019, y hasta el correspondiente llamado a concurso del cargo. –
ARTÍCULO 3°.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá de conformidad a las siguientes previsiones del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2021, Ley N° 6213 que a continuación se indican:
Ejercicio 2021:
Con la respectiva partida de “Gasto en Personal”, asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud U. de O.: R6-01-06 Hospital Ntra. Sra. del Carmen. –
EJERCICIOS ANTERIORES (periodo no consolidado)
Deuda Pública Provincial 3-10-15-01-26″: Para pago de obligaciones no comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la oficina de Crédito Publico a sus demás efectos. –
ARTICULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 5°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR