BOLETÍN OFICIAL Nº 112 ANEXO – 29/09/21

DECRETO Nº 3635-ISPTyV/2021.-

EXPTE. Nº 246-935/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 JUL. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Modificase la Planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización “1 Ministerio”, dependiente de la Jurisdicción “V” Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, como se detalla a continuación:

CREÁSE:

PERSONAL DE ESCALAFÓN PROFESIONAL – Ley N° 4413

CARGOS                              CATEGORÍA

1                                                             A-1

 

ARTICULO 2º.- Desígnese en el cargo Categoría A-1, Agrupamiento Profesional del Escalafón Profesional – Ley N° 4413, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “V” Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Unidad de Organización 1 Ministerio”, a la Arquitecta QUIROGA, María Laura, CUIL N° 23-28345122-4, a partir de la fecha del presente Decreto.-

ARTÍCULO 3º.- Lo dispuesto en el presente Decreto se atenderá con las respectivas partidas de “Gasto en Personal” asignadas a la Jurisdicción “V” Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, U. de O. 1 Ministerio, para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar el refuerzo de créditos que corresponda tomando fondos de la partida 1-1-1-2-1-9 “Personal Contratado” de la U. de O. 1 Ministerio, las que de resultar insuficientes tomarán fondos de la partida 01-01 01-01-95 Regularización Decreto N° 9316-G-2019 asignada a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro, previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley N° 6213 – Ejercicio 2021.-

ARTICULO 4º.- A partir de la fecha del presente Decreto se rescinde el Contrato de Locación de Servicios suscripto oportunamente entre el Estado Provincial y la agente antes mencionada.-

ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 6º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Pase a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR