BOLETÍN OFICIAL Nº 110 ANEXO – 24/09/21
EXPTE. Nº 200-429-2018.-
C/Agregado: 1056-8589-09.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 JUL. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Hagáse lugar parcialmente al Reclamo Administrativo Previo, interpuesto por la Dra. Teresita Beatriz Rojas en carácter de representante legal de la Sra. Alicia Irma Rengel, CUIL N° 27-18562384-5, y autorizase al Ministerio de Educación a imputar la partida que se detalla en el artículo 2° del presente decreto, por el concepto de intereses correspondiente a los períodos de octubre de 2005 a marzo de 2006, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2º.- La erogación emergente de lo dispuesto por el Articulo 1º se atenderá con el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2021 Ley N° 6213/2020, con imputación a la siguiente partida presupuestaria:
Jurisdicción L DEUDA PÚBLICA
Sección 3 OTRAS EROGACIONES
Sector 10 EROGACIONES P/ATENDER AMORTIZACIÓN DE DEUDAS
C/RENTAS GENERALES
Partida Principal 15 AMORTIZACIÓN DE DEUDAS
Partida Parcial 01 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA
Partida Sub-Parcial 26 “Para pago obligaciones no comprometidas presupuestariamente en ejercicios
anteriores” $7.916,85
ARTICULO 3º.- Rechazáse el reclamo por indemnización integral en los rubro daño moral, daño emergente y lucro cesante solicitado por la Dra. Teresita Beatriz Rojas en carácter de representante legal de la Sra. Alicia Irma Rengel, D.N.I. N° 18.562.384, por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y por el Ministro de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 5º.- Regístrese, tome razón por Fiscalía de Estado, vuelva al Ministerio de Educación a fin de que por Jefatura de Despacho se proceda a notificar la parte dispositiva del presente Decreto. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, siga sucesivamente al Ministerio de Hacienda y Finanzas, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia para su conocimiento. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación para demás efectos y archívese.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR