BOLETÍN OFICIAL Nº 109 ANEXO – 22/09/21
EXPTE. Nº 1413-070/2020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 JUN. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Rechazase por inadmisible la presentación interpuesta por el CABO PRIMERO ® VILLALBA DANIEL OSVALDO, D.N.I. N° 27.758.173, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Déjase establecido que lo dispuesto por el presente Decreto no implica rehabilitar instancias y/o plazos vencidos, sino, solo dar repuestas a la presentación efectuada, en cumplimiento de la obligación de expedirse que la Constitución Provincial en su artículo 33°, impone a los funcionados públicos.-
ARTICULO 3°.-Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, y pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento y demás efectos. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR