BOLETÍN OFICIAL Nº 109 ANEXO – 22/09/21
EXPTE. Nº 1414-602/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 ENE. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dispóngase, la aplicación de la sanción disciplinaria de destitución en la modalidad de EXONERACION al CABO PRIMERO FLORES ADOLFO, D.N.I N° 31.398.698 Legajo N° 15.949 y CABO PINTO MARIO FERNANDO, D.N.I. N° 30.103.924, Legajo N° 16.716, por infracción al artículo 15° inc. a) y z) agravado por el articulo 40° inc. d), e) y h) del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial, conforme el artículo 26° inc. b) del mismo cuerpo legal.-
ARTICULO 2°.- Por Policía de la Provincia notifíquese a los funcionarios con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50° y ccs. de la Ley N° 1886/48.-
ARTICULO 3⁰.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR