BOLETÍN OFICIAL Nº 107 ANEXO – 17/09/21
EXPTE. Nº 246-28/2020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 MAYO 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase la Planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización 3-F Dirección Provincial de Rentas, dependiente de la Jurisdicción “C” Ministerio de Hacienda y Finanzas, como se detalla a continuación:
CREASE:
PERSONAL DE ESCALAFON PERSONAL –LEY Nº 4413
CARGO CATEGORIA
2 A-1
PERSONAL DE ESCALAFON GENERAL – LEY Nº 3161
CARGO CATEGORIA
2 3
ARTÍCULO 2°.- Designase en el cargo Categoría A-1, Agrupamiento Profesional Escalafón Profesional – Ley N° 4413, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “C” Ministerio de Hacienda y Finanzas, Unidad de Organización 3-F Dirección Provincial de Rentas a partir de la fecha del presente Decreto, a la C.P.N CLAUDIA FABIANA CHOSGO CUIL 27-25954690-2 y al ING. CARLOS GABRIEL ALEJANDRO GARAY CUIL 20-26793130-6.‑
ARTICULO 3°.- Designase en el cargo Categoría 3, Agrupamiento Administrativo Escalafón General – Ley N° 3161, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “C” Ministerio de Hacienda y Finanzas, Unidad de Organización 3-F Dirección Provincial de Rentas a partir de la fecha del presente Decreto, a los agentes GUILLERMO DARIO MIRANDA CUIL 20-32707381-9 y GRACIELA IRENE GUANUCO CUIL 27-28856455-3.‑
ARTICULO 4°.- Lo dispuesto en este Decreto se atenderá con las respectivas partidas de “Gasto en Personal” asignadas a la Jurisdicción “C” Ministerio de Hacienda y Finanzas, Unidad de Organización 3-F Dirección Provincial de Rentas, para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar el refuerzo que corresponda tomando fondos de la partida 1-1-1-2-1-9 personal contratado de la U. de O. 3-F Dirección Provincial de Rentas, las que de resultar insuficientes tomaran fondos de la partida 0101-01-01-95 Regularización Decreto N° 9316-G-19 asignada a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro, previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley 6213, ejercicio 2021.‑
ARTICULO 5°.- Téngase por resueltos los contratos de Servicios suscriptos oportunamente entre el Estado Provincial y las agentes antes mencionados.‑
ARTICULO 6°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, pase a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Dirección Provincial de Rentas. Cumplido vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR