BOLETÍN OFICIAL Nº 106 ANEXO – 15/09/21
DECRETO 1793-G/2021.-
Ciudad Perico, 03 de Septiembre de 2021.-
VISTO:
La Ordenanza N° 1506/2021;
CONSIDERANDO:
Que, la misma dispone la creación del Banco Municipal de Tierras de la Municipalidad de Perico, el que estará integrado por todos los inmuebles aun sin destino que actualmente son de exclusiva y excluyente propiedad de la Municipalidad y los que se incorporen en el futuro.
Que, la mencionada norma como prescripción dirigida a regular relaciones sociales y conducta humana, tiene la virtud de prever la constitución de una reserva y relevamiento de tierras de Orden Local de Uso Público O Privado Municipal, para ser destinadas a loteo de terrenos para viviendas y/u obras de carácter urbanístico, espacios públicos o privados de uso comunitario en general, y usos educativos, sociales, culturales, religiosos, turísticos, ambientales, viales, hídricos; deportivos; y espacios destinados para el desarrollo comercial, productivo y/o similares.
Que, conforme lo establecido por el Art. 68 Inc. 14 de la COM es atribución de este Departamento Ejecutivo, vigilar la correcta formación y conservación de un prolijo inventario de todos los bienes inmuebles de la Municipalidad.
Que, asimismo es atribución del Sr. Intendente Municipal adoptar, gestionar y resolver en la forma y condiciones que sean de su competencia todo cuanto atañe a su gestión, respecto de las personas y cosas sometidas a su jurisdicción a fin de asegurar el bienestar de la comunidad.
Que, por ello, en el ejercicio de las facultades conferidas por el art. 48 de la Carta Orgánica de Perico y normas concordantes;
EL SR. INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N°1506/2021, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha 26/08/2021.-
ARTICULO 2°.- Comuníquese el presente al Honorable Concejo Deliberante de ciudad Perico, Secretaria de Hacienda, Secretaria de Gobierno, Secretaria de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, y Sub-Secretaria de Planificación Estratégica, a los fines pertinentes.-
ARTICULO 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy, comuníquese y regístrese.-
Lic. Luciano Demarco
Intendente