BOLETÍN OFICIAL Nº 106 ANEXO – 15/09/21
EXPTE. Nº 500-440/2015.-
Agdos. Nº 740-1174/1996.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 ABR. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- NO HACER lugar al Recurso Jerárquico interpuesto por las razones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.- El presente se dicta al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 33º de la Constitución Provincial, sin que ello implique renovar plazos vencidos ni rehabilitar instancias caducas.
ARTICULO 3°.- Regístrese.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase al Ministerio de Hacienda y Finanzas para su notificación. Cumplido, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, pase a la Unidad de Control Previsional y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR