BOLETÍN OFICIAL Nº 104 ANEXO – 10/09/21
EXPTE. Nº 713-73/16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 DIC. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.– Modificase el Artículo 1° del Decreto N° 4211-S-17, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“…ARTICULO 1°: Asignase el adicional por función jerárquica al Dr. Francisco Teodoro Cuevas, CUIL 20-07289518-6, cargo Categoría E-30 horas, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional Ley N° 4418 del Centro Sanitario del Ministerio de Salud, en el porcentual del 40% sobre la categoría de revista, por el período comprendido entre el 25 de abril de 2010 y el 31 de diciembre de 2010 y el 65% sobre la categoría de revista desde el 1° de enero de 2011 y mientras se desempeñe en la misma, hasta la cobertura de dicho cargo mediante concurso.-”
ARTICULO 2°.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá con la Partida prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente Ejercicio
2019- Ley 6113 que a continuación se indica:
EJERCICIOS ANTERIORES: (Periodo no consolidado):
Deuda Pública Provincial “03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría da la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos. –
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas. –
ARTICULO 4°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese, sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR