BOLETÍN OFICIAL Nº 104 ANEXO – 10/09/21

DECRETO Nº 3496-DH/2021.-

EXPTE. Nº 246-1274/2020.-

Agreg. 769-275/2013.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 JUN. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Modificase la Planta de Personal permanente de la Unidad de Organización 6 Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia dependiente de la Jurisdicción “S” Ministerio de Desarrollo Humano, como se detalla a continuación:

CREASE

PERSONAL DE ESCALAFON GENERAL – Ley Nº 3161

CARGOS    CATEGORIA

1                                 3

ARTICULO 2°.-

Designase en el cargo Categoría 3, Escalafón Profesional – Ley Nº 3161, Agrupamiento Administrativo de la planta de personal permanente de la Unidad de Organización 6 Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente de la Jurisdicción “S” Ministerio de Desarrollo Humano, al Sr. EDUARDO ENRIQUE ALLIEVI, CUIL Nº 20-16084551-2, a partir de la fecha del presente decreto.-

ARTICULO 3º.- Lo dispuesto en le presente Decreto se atenderá con las respectivas partidas de “Gasto en Personal” asignadas a la Jurisdicción “S” Ministerio de Desarrollo Humano, U. de O. 6 Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar el refuerzo que corresponda tomando fondos de la partida 1-1-1-2-1-9 Personal Contratado de la U. de O. 6 Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, las que de resultar insuficientes tomaran fondos de la partida 01-01-01-01-95 Regularización Decreto Nº 9316-G-19 asignada a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro, previstas en el Presupuesto General de Gastos y Recursos Ley 6213, ejercicio 2021.‑

ARTICULO 4°.- Como consecuencia de lo dispuesto en el Art. 2° y en virtud de las previsiones dei Decreto Acuerdo N° 9316-G/19, queda resuelto el Contrato de Locación de Servicios suscripto oportunamente entre el Estado Provincial y el agente EDUARDO ENRIQUE ALLEVI.‑

ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de E3esarrolic; Humano y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTICULO 6°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, gírese a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal para su conocimiento y registro. Cumplido, vuelva al Ministerio de Desarrollo Humano.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR