BOLETÍN OFICIAL Nº 104 ANEXO – 10/09/21

DECRETO Nº 3461-S/2021.-

EXPTE. Nº 246-422/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 JUN. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Modificase la planta del personal permanente de la Unidad de Organización 6-01-09 Hospital “Dr. Guillermo C. Paterson, dependiente de la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, conforme se indica a continuación:

CREASE

Personal de Escalafón General-Ley N° 3161

Agrup. Serv. Grales.

CARGOS                            CATEGORÍA

10                                                                                         1

 

ARTICULO 2º.- Designase en los cargos categoría 1, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N° 3161/74, de la planta de personal permanente de la U. de O. R 6-01-09 Hospital “Dr. Guillermo C. Paterson”, a los Sres. Irene Margarita Sueldo, CUIL 27-13155245-4, Viviana Carolina Gemio Pastrana, CUIL 27-25970739-6, Alfredo Raúl Valdiviezo, CUIL 20-14192588-2, Lucía Mogollón Robles, CUIL 27 92947080-5, María Martina Mamaní, CUIL 27-92661207-2, María Alejandra López, CUIL 27-21607030-0, Blanca Mercedes Flores, CUIL 27-20701862-2, Julia Sandra Maidana, CUIL 27-22270079-0, María Ester Michel, CUIL 27-24454522-5, y Gladys Norma Sosa, CUIL 27-14804217-4, a partir de la fecha del presente decreto.-

ARTICULO 3º.- Lo dispuesto en este decreto se atenderá con las respectivas partidas de “Gasto en Personal” asignadas a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O. 6 01-09 Hospital Dr. Guillermo Paterson, las que de resultar insuficientes tomarán fondos de la partida 01-01-01-01-95 Regularización Decreto N° 9316-G-19, asignada a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro, previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley N° 6213, ejercicio 2021.-

ARTICULO 4º.- Rescíndase a partir de la fecha del presente decreto, los contratos de servicios celebrados oportunamente entre el Estado Provincial y los Sres. Irene Margarita Sueldo, CUIL 27-13155245-4, Viviana Carolina Gemio Pastrana, CUIL 27 25970739-6, Alfredo Raúl Valdiviezo, CUIL 20-14192588-2, Lucía Mogollón Robles, CUIL 27-92947080-5, María Martina Mamaní, CUIL 27-92661207-2, María Alejandra López, CUIL 27-21607030-0, Blanca Mercedes Flores, CUIL 27-20701862-2, Julia Sandra Maidana, CUIL 27-22270079-0, María Ester Michel, CUIL 27-24454522-5, y Gladys Norma Sosa, CUIL 27-14804217-4.-

ARTICULO 5°.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 6°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR