BOLETÍN OFICIAL Nº 104 ANEXO – 10/09/21
INTENDENCIA
Yala, 20 de agosto de 2020.-
DECRETO 296 /2021 I.M.Y.
VISTO:
La ordenanza Nº 176/20 CDY de adelanto de haberes.
CONSIDERANDO:
Que la citada Ordenanza permite otorgar adelantos de haberes a los agentes municipales como una posibilidad de afrontar sus gastos extraordinarios.
Que desde la pandemia resulta muy complejo poder ir a la ventanilla del banco a cobrar los cheques y, por ello, es más rápido y seguro hacer transferencias bancarias.
Por ello, en ejercicio de sus competencias,
EL INTENDENTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE YALA
DECRETA:
Artículo 1.- Los adelantos de haberes que autorice el Departamento Ejecutivo no podrán superar hasta el importe de dos haberes que le correspondan al agente, se harán por cheque o transferencia bancaria, y devengaran un interés del tres por ciento (3%) mensual.
ARTICULO 2°.- El presente entra en vigencia desde el día de la fecha y será aplicable a los adelantos que fueran concedidos desde la fecha de la emisión del presente.
ARTICULO 3°.- Comuníquese a Contable y Tesorería. Publíquese en el boletín oficial.-
Mg. Santiago Tizón
Intendente