BOLETÍN OFICIAL Nº 104 ANEXO – 10/09/21

MUNICIPALIDAD DE YALA

INTENDENCIA

Yala, 20 de agosto de 2020.-

DECRETO 296 /2021 I.M.Y.

VISTO:

La ordenanza Nº 176/20 CDY de adelanto de haberes.

CONSIDERANDO:

Que la citada Ordenanza permite otorgar adelantos de haberes a los agentes municipales como una posibilidad de afrontar sus gastos extraordinarios.

Que desde la pandemia resulta muy complejo poder ir a la ventanilla del banco a cobrar los cheques y, por ello, es más rápido y seguro hacer transferencias bancarias.

Por ello, en ejercicio de sus competencias,

EL INTENDENTE

DE LA MUNICIPALIDAD DE YALA

DECRETA:

Artículo 1.- Los adelantos de haberes que autorice el Departamento Ejecutivo no podrán superar hasta el importe de dos haberes que le correspondan al agente, se harán por cheque o transferencia bancaria, y devengaran un interés del tres por ciento (3%) mensual.

ARTICULO 2°.- El presente entra en vigencia desde el día de la fecha y será aplicable a los adelantos que fueran concedidos desde la fecha de la emisión del presente.

ARTICULO 3°.- Comuníquese a Contable y Tesorería. Publíquese en el boletín oficial.-

 

Mg. Santiago Tizón

Intendente