BOLETÍN OFICIAL Nº 104 ANEXO – 10/09/21
CONSEJO DELIBERANTE
ORDENANZA Nº 219 /CONCEJO DELIBERANTE DE YALA – 2021
ADHESION A LA LEY 5320
VISTO:
La Ley Provincial Nº 5320/02
CONSIDERANDO:
Que, la ausencia de una Ley provincial de Coparticipación financiera a los Municipios dificulta la previsión en materia de recursos corrientes;
Que, los gastos corrientes son escasos y resulta necesario regular un régimen de pagos de deudas ordenado, transparente y equitativo.
POR ELLO;
EL CONCEJO DELIBERANTE DE YALA
SANCIONA COMO ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º.- Adherir a la Ley Provincial Nº 5320/02.
ARTÍCULO 2º.- Las sentencias judiciales que condenen al Municipio de Yala al pago de una suma de dinero o cuando sin hacerlo, su cumplimiento se resuelva en el pago de una suma de dinero, serán satisfechos dentro de las autorizaciones para efectuar gastos contenidos en la ordenanza de presupuesto vigente.-
En este sentido, el Asesor Letrado deberá dar inmediato aviso, desde que quede firme la sentencia, al Contador o Encargado Contable a efectos de su registro por orden de antigüedad, quien deberá comunicarlo dentro de los cinco días al Tesorero.-
En el supuesto que el presupuesto vigente carezca de partidas suficientes, será certificado por el Tesorero Municipal y comunicado al Intendente para su inclusión en el proyecto de Ordenanza de presupuesto general de gastos y recursos del ejercicio siguiente. (Art. 239 y concordantes Ley 4466)
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. –
San Pablo, Sala de sesiones, a los 30 días del mes de AGOSTO del 2.021.
Santiago Bejarano
Presidente