BOLETÍN OFICIAL Nº 103 ANEXO – 08/09/21
EXPTE. Nº 700-376/13.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 DIC. 2015.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.– Modificase la planta del personal Permanente de la Unidad de Organización R 2-02-27 Sistema de Asistencia Médica de Emergencia, dependiente de la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, conforme se detalla a continuación:
CREASE
PERSONAL DEL ESCALAFÓN GENERAL – LEY N° 3161
CARGO CATEGORIA
1 1
ARTICULO 2°.- Designase en el cargo Categoría 1, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General – Ley 3161, de la Planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización R 2-02-27 Sistema de Asistencia Médica de Emergencia – SAME 107, dependiente de la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, al Sr. VÍCTOR HORACIO LISARAZU, CUIL 20-13550737-8, a partir de la fecha del presente Decreto.‑
ARTICULO 3°.- Lo dispuesto en este decreto se atenderá con la respectiva partida de Gastos en Personal 01-01-01-01-00 Planta Permanente, para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar el refuerzo de créditos que corresponda tomando fondos de la Partida 01-01-01-02-01-22 Regularización Personal – Ley N° 5749/12 y Ley N° 5835/14 correspondiente a la Unidad de Organización R 2-02-27 Sistema de Asistencia Médica de Emergencia, donde el Presupuesto General vigente prevé ambas partidas Presupuestarias.‑
ARTICULO 4°.- Como consecuencia de lo dispuesto precedentemente y en virtud de lo establecido en la Ley N° 5749, queda resuelto el Contrato de Locación de Servicios suscripto oportunamente entre el Estado Provincial y el Sr. VÍCTOR HORACIO LISARAZU.-
ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTICULO 6°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín oficial, pase a conocimiento de Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR