BOLETÍN OFICIAL Nº 101 ANEXO – 03/09/21

DECRETO Nº 9404-E/2015.-

EXPTE. Nº 1056-12108-13.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 DIC. 2015.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Modificase la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “F” Ministerio de Educación Unidad de Organización: 4 Secretaría de Gestión Educativa. Finalidad: 5 – Cultura y Educación Función: 5 – Cultura y Educación Sin Discriminar como se detalla a continuación:

CRÉASE

Escalafón: EO PERSONAL DE ESCALAFON PROFESIONAL – LEY 4413

CARGO                                CATEGORIA                                              CUPOF N°

1                                                                     A-1                                                                 165645

 

ARTICULO 2º.- Designase en el cargo Categoría A-1, Personal de Escalafón Profesional – Ley N° 4413-, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “F” Ministerio de Educación, Unidad de Organización: 4 Secretaria de Gestión Educativa, la Dra. POGGIO, CLAUDIA VERONICA MAFALDA CUIL N° 27-23167825-0, a partir de la fecha del presente Decreto, para cumplir funciones en la Dirección General de Administración.-

ARTÍCULO 3º.- Lo dispuesto en el presente Decreto se atenderá con las partidas previstas en Gasto de Personal 1-1-1-1-0-0 PLANTA PERMANENTE, por lo cual se autoriza al Ministerio de Hacienda a realizar las transferencias de crédito presupuestario que correspondan tomando fondos de la partida 1-1-1-2-1-22 “Regularización Personal Ley N° 5749/12 y Ley N° 5835/14”, correspondiente a la Jurisdicción “F” Ministerio de Educación – Unidad de Organización: 4 Secretaría de Gestión Educativa, Finalidad: 5 – Cultura y Educación Función: 5 – Cultura y Educación Sin Discriminar donde el Presupuesto General vigente prevé ambas partidas presupuestarias.-

ARTICULO 4º.- A partir de la fecha del presente decreto déjese sin efecto la designación dispuesta por Decreto 4494-E-14, de fecha 10 de enero de 2014, y su modificatoria Decreto N° 4701-E-14, de fecha 25 de marzo de 2014, de la Dra. POGGIO, CLAUDIA VERONICA MAFALDA.-

ARTICULO 5°.- El presente decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda.-

ARTICULO 6°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a conocimiento de Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Ministerio de Educación a sus demás efectos.-

 

  1. EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR