BOLETÍN OFICIAL Nº 101 ANEXO – 03/09/21

DECRETO Nº 8909-DEyP/2019.-

EXPTE. Nº 660-6/19.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 MAR. 2019.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Transfiérase los Cargos y los Agentes:

 

AGENTE CUIL CATEGORIA ADICIONAL
Villagra, Claudio Alejandro 20-28105183-1 18 33%
Palacios, Adrián Eleuterio 20-22281182-2 15 33%
Zalazar, Julián Jairo 20-31202055-7 21 50%
Aranda, Eloy Carlos 20-22150343-1 18 33%

 

De la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “P”, Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “R”, Ministerio de Salud, Personal del Escalafón General Ley N° 3161, Agrupamiento Administrativo, por las razones expresadas en el exordio.-

 

ARTÍCULO 2º.- Transfiérase los Cargos y los Agentes:

 

AGENTE CUIL CATEGORIA ADICIONAL
Franco, Federico Sebastián 20-28187566-5 12 33%
Silvestre, Juan Carlos 20-27-496506-2 15 33%
Rodríguez, Gabriel Vicente 23-24504641-3 18 33%
Rodríguez, Héctor Francisco 20-23157283-0 09 33%
Vaqué, Omar Fernando 20-18424148-0 18 33%
Sánchez, Sergio Ricardo 20-17561166-6 15 33%
Yapura, Pascual Victorino 20-23514452-3 12 33%
Mamani, Oscar Rubén 20-14900911-7 21 33%
Quispe, Emiliano 20-18446911-2 18 33%
Segundo, Carlos Manuel 20-24706272-7 18 33%
Chaile, María Mercedes 27-27123910-1 21 50%

 

De la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “P”, Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “F”, Ministerio de Educación, Personal del Escalafón General Ley N° 3161, Agrupamiento Administrativo, por las razones expresadas en el exordio.

ARTÍCULO 3º.- Transfiérase los Cargos y los Agentes:

 

AGENTE CUIL CATEGORIA ADICIONAL
Castrillo, José María 20-25629955-1 24 50%
Degoy Vargas, Roberto Rafael 20-29948392-5 21 50%
López, Héctor Marino 20-144443315-8 15 33%

 

De la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “P”, Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “B”, Ministerio de Gobierno y Justicia, Personal del Escalafón General Ley N° 3161, Agrupamiento Administrativo, por las razones expresadas en el exordio.-

ARTÍCULO 4º.- Transfiérase los Cargos y los Agentes:

 

AGENTE CUIL CATEGORIA ADICIONAL
Pereyra, Carlos Fabián 20-17864666-5 21 33%

 

De la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “P”, Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “V”, Ministerio de Infraestructura Servicios Públicos, Tierra Vivienda Personal del Escalafón General Ley N° 3161, Agrupamiento Administrativo, por las razones expresadas en el exordio.-

ARTÍCULO 5°.- Transfiérase los Cargos y los Agentes:

 

AGENTE CUIL CATEGORIA ADICIONAL
Rivero, David Fernando 20-27727128-2 21 50%

 

De la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “P”, Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “X”, Ministerio de Cultura y Turismo, Personal del Escalafón General Ley N° 3161, Agrupamiento Administrativo, por las razones expresadas en el exordio.-

ARTÍCULO 6º.- Adscríbase a los siguientes agentes:

 

AGENTE CUIL CATEGORIA ADICIONAL
Vaca, Rafael Francisco 23-28763698-9 09 33%
Vitingay, Sergio Adrián 20-26967755-5 15 33%
Martínez, Rene Edgardo 20-17776578-4 21 33%
Nieva, Elías Leopoldo 20-20479570-4 18 33%
Guariba, Luis Alcides 20-24126269-4 18 33%

 

Personal de Planta Permanente dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción a prestar Servicios en la Municipalidad de la Esperanza.

ARTÍCULO 7º.- Adscríbase a los siguientes agentes:

 

AGENTE CUIL CATEGORIA ADICIONAL
Balcarce, Leandro Antonio 20-22281097-4 14 33%
Cajal, Mario Alejandro 20-21531040-0 15 33%
Ibáñez, Nicolás Darío 20-20247262-2 21 50%

 

Personal de Planta Permanente dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción a prestar Servicios en la Municipalidad de San Pedro.

ARTICULO 8º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministro de Desarrollo económico y Producción; de Gobierno y Justicia, de Educación, de Cultura y Turismo; de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y Salud.-

ARTICULO 9º.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, Comuníquese, Publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial. Pase a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal. Hecho, vuelva al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción a sus efectos Cumplido, ARCHEVESE.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR