BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 03/09/21

RESOLUCIÓN N° 80-COE/2021.‑

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 DE SEPTIEMBRE DE 2021.‑

VISTO:

Las disposiciones emanadas por el Poder Ejecutivo Nacional, concordante con las del Poder Ejecutivo Provincial, las Resoluciones dictadas por el Comité Operativo de Emergencia (COE)

CONSIDERANDO:

Que, en todo el territorio provincial el esfuerzo de todos y el acatamiento a las normas de bioseguridad hacen que la situación epidemiológica se  mantenga estable y la demanda de los servicios de salud no se encuentre en situación de riesgo.-

Que, en este sentido, atento al nivel de vacunación que se registra en le Provincia de Jujuy y la curva de casos de COVID-19 (Coronavirus) que continúa con tendencia al descenso, es posible flexibilizar medidas de tipo social..-

Por ello, en ejercicio de las facultades otorgadas por Decreto- Acuerdo Nº 696-S/20.-

EL COMITÉ OPERATIVO DE EMERGENCIA

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Dispóngase que, en los domicilios particulares, se permitirán reuniones sociales de hasta 20 personas como máximo.-

ARTICULO 2°.- Establézcase que, en caso de violación al presente dispositivo legal, se aplicara el régimen sancionatorio establecido en el Decreto Acuerdo 2075-G/2020 y sus modificatorias. –

 

Dr. Omar Alberto Guitierrez

Coordinar Operativo