BOLETÍN OFICIAL Nº 98 ANEXO – 27/08/21
EXPTE. Nº 200-206/2020.-
c/agdos. Nº 1401-416/2019, 200-13/2018, Nº 200-14/2018 y 412-846/2014.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 JUL. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Recházase por inadmisible la Denuncia de Ilegitimidad Administrativa interpuesta por FACUNDO VARGAS DURÁN ABOGADO APODERADO DE LOS SRES. ANTONIO GABRIEL MAMANÍ, D.N.I N° 28.956.958. CARLOS DANIEL LOZANO, DNI Nº 20.494.284 y CESAR AQUILES AGÜERO, D.N.I. Nº 31.454.611, por las consideraciones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Déjase establecido que lo dispuesto por el presente Decreto no implica rehabilitar instancias y/o plazos vencidos, sino, solo dar repuestas a la presentación efectuada, en cumplimiento de la obligación de expedirse que la Constitución Provincial en su artículo 33°, impone a los funcionarios públicos.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese, tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Pase sucesivamente a la Secretaría de Seguridad y encía de la Provincia para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR