BOLETÍN OFICIAL Nº 98 ANEXO – 27/08/21
EXPTE. Nº 200-126/2020.-
C/agregados Nº 1400-180/2020, 1414-9920/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 JUL. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Recházase por improcedente el Recurso de Revocatoria, interpuesto por el Cabo Primero (R ) de Policía de la Provincia HERRERA VARGAS NESTOR FABIAN, D.N.I. N° 30.387.178, en contra del Decreto N° 819-MS/20, por las consideraciones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2º.- Déjase establecido que lo dispuesto por el presente Decreto no implica rehabilitar instancias y/o plazos vencidos, sino, solo dar repuestas a la presentación efectuada, en cumplimiento de la obligación de expedirse que la Constitución Provincial en su artículo 33°, impone a los funcionarios públicos.-
ARTICULO 3º.- Notifíquese, tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Pase sucesivamente a la Secretaría de Seguridad Pública y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR