BOLETÍN OFICIAL Nº 98 ANEXO – 27/08/21

DECRETO Nº 2169-ISTPyV/2020.-

EXPTE. Nº 222-341/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 DIC. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Aceptase la donación de los inmuebles identificados catastralmente como Lote 27 de la Manzana 44, Padrón A-1488, con una superficie de 300 m2, dominio inscripto en cedula Parcelaria A-10053-1488 ubicado en Calle Sarmiento N° 360/364 Ciudad y Lotes 21 y 18 de la Manzana 44, Padrón A-312, con una superficie aproximada de 920 m2 inscripto en Cedula Parcelaria A-28013-312, ubicado en Calle Alvear N° 534, ambos situados en el Departamento Doctor Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, con el cargo de ser destinados al emplazamiento del Museo Provincial de Bellas Artes u otro destino artístico.-

ARTICULO 2º.- Autorizase a Escribanía de Gobierno a instrumentar la Escritura Pública a efectos de registrar la transferencia de los inmuebles a favor del Estado Provincial, o gestionar la inscripción mediante el procedimiento administrativo previsto en el Art. 1553 del Código Civil y Comercial de la Nación.-

ARTICULO 3º.- Instrúyase al Ministerio de Cultura y Turismo a ejecutar las acciones pertinentes para el cumplimiento del cargo impuesto en la donación.-

ARTICULO 4º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, siga a Escribanía de Gobierno, y Ministerio de Cultura y turismo a sus efectos. Cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos Tierra y Vivienda.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR