BOLETÍN OFICIAL Nº 97 ANEXO – 25/08/21

DECRETO Nº 3326-G/2021.-

EXPTE. Nº 0246-184/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 MAYO 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modificase la planta de personal permanente de la Unidad de Organi­zación 6 -Ente Autárquico Permanente de la Fiesta Nacional de los Estudiantes, dependiente de la Jurisdicción V Organismos Descentralizados, conforme se detalla  seguidamente:

SE CREA

PERSONAL DE ESCALAFON GENERAL –LEY Nº 3161

CARGOS     CATEGORIA

2                          3

ARTÍCULO 2°.- Designase en el cargo Categoría 3, Escalafón General –Ley Nº 3161, Agrupamiento Administrativo, de la planta de personal permanente de la Unidad de Organización 6- Ente Autárquico Permanente de la Fiesta Nacional de los Estudiantes, Jurisdicción “G” Organismos Descentralizados , y a partir de la fecha del presente Decreto, a las señoras:

  1. NOELA MARIAN GARZON CUIL 27-31816811-9
  2. ANALIA MELISA FLORES CUIL 27-31036586-1

ARTÍCULO 3°.Lo dispuesto en el presente Decreto se atenderá con las respectivas partidas de “Gastos en Personal” asignadas a la Jurisdicción “G” Organismos Descentralizados, U. de O. 6 – Ente Autárquico Permanente de la Fiesta Nacional de los Estudiantes, para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar el refuerzo que corresponda tomando fondos de la partida 1-1-1-2-1-9 “Personal Contratado” de la U. de O. Ente Autárquico Permanente de la Fiesta Nacional de los Estudiantes, la que resultar insuficiente tomara fondos de la partida 01-01-01-01-95 “Regularización Decreto Nº 9316-G-19” , asignada a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro, previstas en el Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos- Ley 6213 (Ejercicio 2021).-

ARTICULO 4°.- Como consecuencia de lo dispuesto por el Artículo 2°, y en virtud de las previsiones del Decreto-Acuerdo N° 9316-G-19, a partir de la fecha del presente Decreto quedan resueltos los Contratos de Locación de Servidos suscriptos entre el Estado Provincial y las señoras: NOELIA MARIANA GARZON y ANALIA MELISA FLORES.

ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 6°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, gírese a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal para conocimiento y registro. Fecho, pase al Ente Autárquico Permanente de la Fiesta Nacional de los Estudiantes a sus demás efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR