BOLETÍN OFICIAL Nº 97 ANEXO – 25/08/21

DECRETO Nº 3034-DEyP/2021.-

EXPTE. Nº 246-191/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 ABR. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:                      

ARTÍCULO 1º.- Modifiquese la planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización “8B”-Direccion General de Industria y Comercio, dependiente de la Jurisdicción “P” Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, de la siguiente manera:

Se crea:

Personal de Escalafón Profesional Ley 4413

CARGO                                                        CATEGORIA

1                                                                                            A-1

 

ARTICULO 2º.- Designase en el cargo Categoría A-1, Personal de Escalafón Profesional Ley N° 4413, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “P” Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, Unidad de Organización 8B Dirección General de Industria y Comercio, a Jorge Eduardo COSENTINI, CUIL 20-16186647-5, a partir de la fecha del presente decreto.-

ARTICULO 3º.- Lo dispuesto en este decreto se atenderá con la respectiva partida de Gasto en Personal asignadas a la Jurisdicción “P” Ministerio de Desarrollo Económico y Producción U de O 8B Dirección General de Industria y Comercio, para lo cual se autoriza a contaduría de la Provincia a realizar el refuerzo de créditos que corresponda tomando fondos de la partida 1-1-1-2-1-9 Personal Contratado de la U de O 8B Dirección General de Industria y Comercio, las que de resultar insuficientes tomaran fondos de la partida 01-01-01-01-96 Regularización Decreto N° 9316-G-19 asignada a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro, previstas en el Presupuesto GENERAL DE Gastos y Cálculos de Recursos Ley 6213, ejercicio 2021.-

ARTICULO 4°.- A partir de la fecha de este decreto se rescinde el Contrato de Locación de Servicios en el cargo Categoría A-5, del Escalafón Profesional, Ley 4413, celebrado oportunamente con el Sr. Jorge Eduardo COSENTINI.-

ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Desarrollo Económico y Producción y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 6°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese y publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Notifíquese al Agente interesado. Pase a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal. Vuelva al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, gírese a la Dirección General de Industria y Comercio. Cumplido, ARCHIVESE.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR