BOLETÍN OFICIAL Nº 97 ANEXO – 25/08/21

DECRETO Nº 1574-CyT/2020.-

EXPTE. Nº 1301-123-2019.-

Agdos. 1301-549-2018, 1301-678-2018, 1301-913-2018, 1301-985-2018, 1301-1300-2018, 1301-1326-2018, 1301-1491-2018 y 1301-1542-2018.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 SET. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Modifícase el artículo 1° del Decreto N° 11062-CYT-2019 el que quedará redactado de la siguiente manera: “Autorizase al Ministerio de Cultura y Turismo a imputar la erogación derivada del expediente N° 1301-123-2019, caratulado “S/ Deuda Pública 2018” y agregados expedientes N° 1301-549-2018, Nº 1301-678-2018, No 1301-913-2018, N° 1301-985-2018, No 1301-1300-2018, No 1301 1326-2018, N° 1301-1491-2018 y N° 1301-1542-2018; a la “Partida 3-10-15-1-26-09 Para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores” correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, prevista en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2019, Ley N° 6113/18 cuando la misma corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables, debiendo el organismo cumplir en materia de aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas.-

ARTICULO 2º.- El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Cultura y Turismo y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 3º.- Previa toma razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase a conocimiento de Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Presupuesto, cumplido vuelva al Ministerio de Cultura y Turismo. –

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR