BOLETÍN OFICIAL Nº 95 ANEXO – 18/08/21
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DEPARTAMENTO EJECUTIVO
EXPEDIENTE N° 00046 -2004 .-
DECRETO Nº 0017.04.007.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 ENE. 2004
VISTO:
La Ordenanza Nº 3898/2003, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Extraordinaria celebrada el día 30 de diciembre de 2003, referente a la modificación del Código Tributarios Municipal; y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo informado por la Dirección General de Rentas de esta Municipalidad de San Salvador de Jujuy, no existe impedimento alguno para proceder a la promulgación de dicha norma por lo que se hace necesario emitir el pertinente instrumento legal en tal sentido:
Por ello y conforme lo reglamentado en artículo 55º Punto 4) de la Carta Orgánica Municipal;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD
DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promulgase la Ordenanza Municipal Nº 3898/2003, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Extraordinaria celebrada el día 30 de diciembre de 2003, referente a la modificación del Código Tributario Municipal.-
ARTICULO 2º.- Consecuentemente con lo dispuesto en el artículo anterior, téngase por Instrumento legal, cúmplase, comuníquese, y regístrese la Ordenanza Municipal Nº 3898/2003, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto, al Boletín Oficial para su Publicación por el término de Ley.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, C. P. N. RENE VIDAL MARTINEZ, conforme lo establece el Artículo 1º del Decreto Acuerdo Nº 176-1-1994.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, y pase a sus efectos a la Dirección General de Rentas y a las distintas Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo para notificación de la totalidad de Unidades de Organización que de cada una de ellas dependan.-
Arq. José Luis Martiarena
Intendente