BOLETÍN OFICIAL Nº 95 ANEXO – 18/08/21
EXPTE. Nº 1400-161/2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 JUL. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el artículo 1° del Decreto N° 5503-G/14, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1°: Dispóngase, a partir del 08 de Setiembre del año 2014 el Cese en Servicio Activo del CABO PRIMERO ALVAREZ CARLOS RAÚL, D.N.I N° 26.976.465, Legajo N° 13.781, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14° inc. k) y artículo 22° inc. a) de la Ley N° 3759/81 (Retiro Obligatorio por
Invalidez en y por acto de servicio).-
ARTÍCULO 2°.- Por Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50° y concordante de la Ley N° 1886/48.-
ARTICULO 3°.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR