BOLETÍN OFICIAL Nº 94 ANEXO – 13/08/21
EXPTE. Nº 740-64/20.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 ABR. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase la Resolución N° 81-HF-20, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 2º.- Autorízase a Escribanía de Gobierno a confeccionar la escritura traslativa de dominio del inmueble adjudicado mediante Resolución N° 81-HF-20.-
ARTICULO 3º.- El dictado de este acto no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas.-
ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda.-
ARTICULO 5º.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Inmuebles, Unidad de Control Previsional, Escribanía de gobierno, Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y vivienda y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR