BOLETÍN OFICIAL Nº 94 ANEXO – 13/08/21
EXPTE. Nº 715-2179/19.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 DIC. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Téngase por cumplidos los servicios de guardias prestados por la Bioquímica Lidia Gabriela Lamas Hernández, CUIL 27-25377397-4, cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de C. R6-01-03 Hospital Materno infantil “Dr. Héctor Quintana”, con el adicional por permanencia en guardia del 30 % sobre la categoría de ingreso, a partir del 1° de setiembre de 2013.-
ARTICULO 2º.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar la erogación que demande el adicional por permanencia en el servicio de guardia de la Bioquímica Lidia Gabriela Lamas Hernández, correspondiente al 30 % sobre la categoría de ingreso, a partir del 1° de setiembre de 2010, a las partidas presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2020, Ley Nº 6149, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2020
La partida de Gastos en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-03 Hospital Héctor Quintana.-
EJERCICIOS ANTERIORES (Periodo no Consolidado):
Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26: “P/Pago de Obligaciones No Comprometidas Presup. en Ej. Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-
ARTICULO 3º-El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 4º-Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR