BOLETÍN OFICIAL Nº 91 ANEXO – 06/08/21
EXPTE Nº 740-32/20.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 ABR. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Ratifícase la Resolución N° 78-HF-20, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTICULO 2°.- Autorízase a Escribanía de Gobierno a confeccionar la escritura traslativa de dominio del inmueble adjudicado mediante Resolución N° 78-HF-20.‑
ARTICULO 3°.- El dictado de este acto no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas.‑
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda.‑
ARTICULO 5°.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Inmuebles, Unidad de Control Previsional, Escribanía de gobierno, Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y vivienda y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR