BOLETÍN OFICIAL Nº 91 ANEXO – 06/08/21

DECRETO Nº 3501-ISPTyV/2021.-

EXPTE. Nº 246-1253/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 JUN. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Modificase la Planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización “6C – Dirección Provincial de Inmuebles”, dependiente de la Jurisdicción “V” Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, como se detalla a continuación:

CREASE:

PERSONAL DE ESCALAFÓN GENERAL – Ley N° 3161/74

CARGO                                                        CATEGORÍA

1                                                                                            3

 

ARTICULO 2º.- Desígnese en el cargo Categoría 3 del Agrupamiento Administrativo Personal del Escalafón General Ley N° 3161, de la Planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización “6C” Dirección Provincial De Inmuebles a la señora PEÑARRIETA María Alejandra, CUIL N° 27-26850903-3 a partir de la fecha del presente Decreto.-

ARTICULO 3º.- Lo dispuesto en este presente Decreto se atenderá con las respectivas partidas de “Gasto en Personal” asignadas en la Jurisdicción “V” Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; U. de O. 6C, Dirección Provincial de Inmuebles, para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar el refuerzo que corresponda tomando fondos de la partida 1-1-1-2-1-9 Personal Contratado de la U. de O. 6C Dirección Provincial de Inmuebles, las que de resultar insuficientes tomaran fondos de la partida 01-01-01-01-95 Regularización Decreto Nº 9316-G-19 asignado a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro, previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley 6213, ejercicio 2021.-

ARTICULO 4º.- A partir de la fecha del presente Decreto queda resuelto el Contrato de Locación de Servicios suscripto oportunamente entre el Estado Provincial y la señora PEÑARRIETA María Alejandra.-

ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 6º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, pase a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Inmuebles; y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR