BOLETÍN OFICIAL Nº 91 ANEXO – 06/08/21

DECRETO Nº 3004-HF/2021.-

EXPTE. Nº 740-10/20,740-24/20, 740-34/20, 740-38/20, 740-39/20, 740-58/20, 740-59/20, 740-66/20, Y 740-67/20.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 ABR. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Ratificase la Resolución N° 47-HF-20, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑

ARTICULO 2°.- Autorízase a Escribanía de Gobierno a confeccionar las escrituras traslativas de dominio de los inmuebles adjudicados mediante Resolución N° 47-HF-20.‑

ARTICULO 3°.- El dictado de este acto no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas.‑

ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda.‑

ARTICULO 5°.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Inmuebles, Unidad de Control Previsional, Escribanía de gobierno, Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y vivienda y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR