BOLETÍN OFICIAL Nº 90 ANEXO – 04/08/21

DECRETO Nº 3327-G/2021.-

EXPTE Nº 0246-312-2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 MAYO. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modificase la planta de personal permanente de la Unidad de Organización 3 -Fiscalía de Estado, dependiente de la Jurisdicción “A” Gobernación, como se detalla a continuación:

SE CREA

PERSONAL DE ESCALAFON PROFESIONAL -LEY N° 4413

CARGOS       CATEGORIA

3                                             A-1

ARTICULO 2°.- Designase en el cargo Categoría A-1, Agrupamiento Profesional -Ley N° 4413, de la planta de personal permanente de la Unidad de Organización 3 -Fiscalía de Estado, Jurisdicción “A” Gobernación, a las Abogadas que seguidamente se nominan, y a partir de la fecha del presente Decreto:

  1. MARIA SOLEDAD FLORES PARRADO CUIL 27-29175206-9
  2. NOELIA LUCIANA DEL VALLE FICOSECO CUIL 27-28856486-3
  3. MARIA SOLEDAD MATORRAS MATUK CUIL 27-33003826-3

ARTICULO 3°.- Lo dispuesto en el presente Decreto se atenderá con las respectivas partidas de Gasto en Personal asignadas a la Jurisdicción “A” Gobernación, U. de O. 3 –Fiscalía de Estado, para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar el refuerzo que corresponda tomando fondos de la partida 1-1-1-2-1-9 “Personal Contratado” de la U. de O. 3 -Fiscalía de Estado; las que de resultar insuficientes tomarán fondos de la partida 01-01-01-01-95 “Regularización Decreto N° 9316-0-19”, asignada a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro; previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos -Ley 6213 (Ejercido 2021).-

ARTICULO 4°.- Como consecuencia de lo dispuesto por el Artículo 2°, y en virtud de las previsiones del Decreto-Acuerdo N° 9316-0-19, a partir de la fecha del presente Decreto quedan resueltos los Contratos de Locación de Servicios suscriptos entre el Estado Provincial y las Abogadas: MARIA SOLEDAD FLORES PARRADO, NOELIA LUCIANA DEL VALLE FICOSECO y MARIA SOLEDAD MATORRAS MATUK.-

ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 6°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, gírese a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal para conocimiento y registro. Fecho, vuelva a Fiscalía de Estado a sus demás efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR