BOLETÍN OFICIAL Nº 90 ANEXO – 04/08/21

DECRETO Nº 3137-S/2021.-

EXPTE Nº 246-257/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 ABR. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modificase la planta del personal permanente de la Unidad de Organización R 6-01-24 Hospital Gol:. Ing. Carlos Snopek, dependiente de la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, conforme se indica a continuación:

CREASE

Personal del Escalafón General – Ley N° 3161/74.-

Agrupamiento Servicios Generales

CARGO                                CATEGORIA

2                                             1

ARTÍCULO 2°.- Designase en el cargo categoría 1, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N° 3161[74, de la planta de personal permanente de la jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R 6-01-24 Hospital Gob. Ing. Carlos Snopek, al Sr. Antonio Alberto Sánchez, CUIL 20-17350453-6, a partir de la fecha del presente Decreto.‑

ARTÍCULO 3°.- Designase en el cargo categoría 1, Agrupamiento Servicios Generales; Escalafón General, Ley N° 3161/74, de la planta de personal permanente de la jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R 6-01-24 Hospital Gob. Ing. Carlos Snopek, al Sr. Normando Isidro Tarcaya, CUIL 20-13570947-7, a partir de la fecha del presente Decreto.‑

ARTÍCULO 4°.- Lo dispuesto en este Decreto se atenderá con las respectivas partidas de “Gasto en Personal” asignadas a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O. R6-01-24 Hospital Gob. Ing. Carlos Snopek, las que de resultar insuficientes tomarán fondos de la partida 01-01-01-01-95 Regularización Decreto N° 9316-G-19 asignada a la jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro, previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley 6213 Ejercicio 2.021.‑

ARTÍCULO 5°.- Rescíndase a partir de la fecha del presente Decreto, los Contratos de Servicios, en los cargos categoría 1, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N° 3161/74, suscripto oportunamente entre el Estado Provincial y los Sres. Antonio Alberto Sánchez, CUIL 20-17350453-6 y Normando Isidro Tarcaya, CUIL 20-13570947-7.‑

ARTÍCULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTÍCULO 7°.- Previa torna de Razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR