BOLETÍN OFICIAL Nº 90 ANEXO – 04/08/21

DECRETO Nº 3136-G/2021.-

EXPTE Nº 0246-1044-2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 ABR. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Modifícase la planta de personal permanente de la Unidad de Organización 2J-2 -Dirección Provincial de Prensa y Medios de Comunicación, dependiente de la Jurisdicción “A” Gobernación, como se detalla a continuación:

SE CREA

PERSONAL DE ESCALAFON PROFESIONAL -LEY N° 4413

CARGOS        CATEGORIA

1                                              B-1

ARTICULO 2°.- Desígnase en el cargo Categoría B-1, Agrupamiento Profesional -Ley N° 4413, de la planta de personal permanente de la Unidad de Organización 2J-2 – Dirección Provincial de Prensa y Medios de Comunicación, Jurisdicción “A” Gober­nación, a la señora ANALIA DEL VALLE MORALES, CUIL N° 27-31126751-0, a partir de la fecha del presente Decreto.-

ARTICULO 3°.- Lo dispuesto en el presente Decreto se atenderá con las respectivas partidas de Gasto en Personal asignadas a la Jurisdicción “A” Gobernación, U. de O. 2J-2 -Dirección Provincial de Prensa y Medios de Comunicación, para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar el refuerzo que corresponda tomando fondos de la partida 1-1-1-2-1-9 “Personal Contratado” de la U. de O. 2J-2 –Dirección Provincial de Prensa y Medios de Comunicación; las que de resultar insuficientes tomarán fondos de la partida 01-01-01-01-95 “Regularización Decreto N° 9316-G-19”, asignada a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro; previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos -Ley 6213 (Ejercicio 2021).-

ARTICULO 4°.- Como consecuencia de lo dispuesto por el Artículo 2°, y en virtud de las previsiones del Decreto-Acuerdo N° 9316-G-19, a partir de la fecha del presente Decreto queda resuelto el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre el Estado Provincial y la señora ANALIA DEL VALLE MORALES.-

ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, y de Hacienda y Finanzas.*-

ARTICULO 6°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, gírese a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal para conocimiento y registro. Fecho, vuelva a la Dirección Provincial de Prensa y Medios de Comunicación a sus demás efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR