BOLETÍN OFICIAL Nº 90 – 04/08/21

Poder Judicial- Superior Tribunal de Justicia; Libro de Acordadas Nº 24 Folio Nº 155/156 Nº 75). En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la Provincia de Jujuy, a los dieciséis días del mes de julio del año dos mil veintiuno, los señores Jueces del Superior Tribunal de Justicia, Doctores, Federico Francisco Otaola, Clara Aurora De Langhe, Sergio Ricardo González, Sergio Marcelo Jenefes, Laura Nilda Lamas González, Beatriz Elizabeth Altamirano, José Manuel del Campo, María Silvia Bernal y Ekel Meyer bajo la presidencia del primero de los nombrados, y

Consideraron:

Que mediante Acordada Nº 81 del doce de mayo de 2016 se aprobó el Reglamento de presentación y consulta de las declaraciones juradas patrimoniales integrales de los magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Provincia de Jujuy conjuntamente con los formularios de “Declaración jurada patrimonial integral (Anexo público)” y su “Anexo reservado”.

Que el Art. 4º de la Acordada Nº 81/16 dispuso que: “Los sujetos obligados, deberán presentar la declaración jurada patrimonial integral dentro de los treinta días hábiles judiciales siguientes a la fecha de asunción del cargo y del cese en las funciones, y anualmente, entre el 1 de abril y el 31 de mayo. Con la presentación de la declaración jurada patrimonial integral de ingreso, el magistrado o funcionario designado estará exento de presentar su declaración correspondiente a la actualización anual de ese año”.

Asimismo mediante Resoluciones Nº 5019/2021 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se dispuso sustituir el articulo 10 de la Resolución General Nº 5.008 y prorrogar el vencimiento de los plazos para presentar las declaraciones de los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales, siendo que el plazo de los funcionarios públicos para presentar sus Declaraciones Juradas (DDJJ) Anuales y Bajas 2021 pasó del 31 de Julio al 31 de Agosto del 2021.

Atento a ello y siendo que magistrados y funcionarios de este Poder Judicial de la Provincia de Jujuy se encuentran sujetos a dicha normativa resulta conveniente prorrogar el plazo fijado en el Art. 1º de la Acordada Nº 58/2021.

Por ello, en uso de sus facultades reglamentarias, el Superior Tribunal de Justicia,

Resuelve:

1) Prorrogar el plazo para la presentación de la declaración jurada patrimonial integral de los magistrados y funcionarios del Poder Judicial hasta el día 31 de agosto del 2021, conforme a lo dispuesto en los considerandos.

2) Registrar, dejar copia en autos y comunicar a los titulares de los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Provincia, publicar por un día en el Boletín Oficial y en la página web del Poder Judicial de Jujuy.

 

Firmado: Doctores Federico Francisco Otaola, Clara Aurora De Langhe de Falcone, Sergio Ricardo González, Laura Nilda Lamas González, Beatriz Elizabeth Altamirano, José Manuel del Campo, María Silvia Bernal y Ekel Meyer.

 

Se deja constancia que el Dr. Sergio Marcelo Jenefes no firma la presente por encontrarse en comisión.

Secretaría, 16 de julio de 2021.

Ante mí: Dr. Alejandro Sánchez Alfonso – Secretario.

 

04 AGO.-