BOLETÍN OFICIAL Nº 86 ANEXO – 28/07/21

DECRETO Nº 5501-S/2017.-

EXPTE. Nº 727-308/09.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 DIC. 2017.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Dispónese la adecuación del Personal de Planta Permanente del Escalafón Profesional, de la U. de O.: R2-02-15 Hospital “General Manuel Belgrano” de Humahuaca, individualizado en el Anexo I (Ley 4418) que forma parte integrante del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- La erogación emergente del presente Decreto correspondiente a Ejercicios Vencidos, se atendió con las partidas previstas en las Leyes de Presupuestos N° 5608, N° 5638, N° 5669, N° 5692, N° 5756, N° 5794, N° 5861, N° 5877 y la pertinente al presente Ejercicio – Ley N° 6001, se imputará a la partida que a continuación se indica:

EJERCICIO 2017

El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley N° 6001, prevé la partida de Gastos en Personal de la U. de O.: R2-02-15 Hospital General Manuel Belgrano, correspondiente a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la partida 1-1-1-1-2-268 “Adecuación Personal Profesional Decreto Acuerdo 4973-H-09, correspondiente a la Jurisdicción K “Obligaciones a cargo del Tesoro”.-

EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):

Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26”: “Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus efectos.-

ARTICULO 3º.- Las disposiciones del presente Decreto rigen con retroactividad al 1° de septiembre de 2009.-

ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 5°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a conocimiento de Contaduría de la Provincia, Direcciones Provinciales de Personal y Presupuesto. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR