BOLETÍN OFICIAL Nº 86 ANEXO – 28/07/21
EXPTE. Nº 615-1772-2008.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 MAYO 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Ratificar lo dispuesto por parte de la Resolución N° 4047- IVUJ-2019 en todos sus términos.-
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 3°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese (en forma sintética) en Boletín Oficial y, pase a conocimiento de Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal e Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy. Cumplido, vuelva a Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR