BOLETÍN OFICIAL Nº 86 ANEXO – 28/07/21
EXPTE. Nº 200-316/2020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 DIC. 2020.-
VISTO Y CONSIDERANDO
El Acuerdo N° 26/2020 otorgado por la Legislatura de la Provincia, a efectos de la designación del Abogado José Alejandro López Iriarte, como Juez de Cámara en lo Civil y Comercial N° 1 (Vocalía 2) en San Salvador de Jujuy;
Que corresponde dictar el pertinente instrumento legal de conformidad con las previsiones del Artículo 158° de la Constitución Provincial;
Que, de igual modo, cabe señalar que la vigencia de la designación a efectivizar es a partir de la fecha en que preste el debido juramento; de conformidad con las previsiones de los artículos 167°, inc. 12) y 168° del precitado plexo legal;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Designase Juez de Cámara en lo Civil y Comercial N° 1 (Vocalía 2) en San Salvador de Jujuy, al Abogado JOSÉ ALEJANDRO LOPEZ IRIARTE, D.N.I. N° 13.889.868, a partir de la fecha en que preste juramento ante el Superior Tribunal de Justicia, de conformidad con las previsiones de los Artículos 158°, 167°, inc. 12) y 168º de la Constitución Provincial.-
ARTICULO 2º.- Regístrese, tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal para conocimiento y demás efectos de competencia. Cumplido vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR