BOLETÍN OFICIAL Nº 81 ANEXO – 16/07/21
EXPTE. Nº 1059-1040/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 JUN. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Autorízase al Ministerio de Educación a imputar la erogación derivada del Expediente N° 1059-1040-17, caratulado “PLAN PCIAL. DE REFACCION Y MANTENIMIENTO DE ESCUELAS 2017 – ESCUELA N° 326 ROTARY CLUB SECUNDARIO N° 23 – LOCALIDAD DE OCLOYAS- DPTO. DR. MANUEL BELGRANO- SOBRETECHO”, cuando por derecho corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables, a la Partida 03-10-15-01-26 “Para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, prevista el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2021 Ley N° 6213, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto, debiendo el organismo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas de acuerdo con las disposiciones vigentes.-
ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 3°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, pase al Boletín Oficial para publicación en forma sintética y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase sucesivamente a Ministerio de Hacienda y Finanzas, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Presupuesto para conocimiento. Hecho, gírese al Ministerio de Educación para demás efectos y archívese.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR