BOLETÍN OFICIAL Nº 80 ANEXO – 14/07/21
EXPTE. Nº 200-480/2019.-
C/Agregado: 1050-338/19.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 MAR. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Recházase por inadmisible y extemporáneo el Recurso Jerárquico interpuesto por el Sr. Eusebio Osvaldo Verdón, D.N.I. N° 21.846.459, en contra de la Resolución N° 13615-E-19 de fecha 4 de noviembre de 2019, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.- El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, dictándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 33° de la Constitución Provincial.-
ARTICULO 3°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, vuelva al Ministerio de Educación a fin de que por Jefatura de Despacho se proceda a notificar de la parte dispositiva del presente Decreto. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación, para demás efectos y archívese.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR