BOLETÍN OFICIAL Nº 79 ANEXO – 12/07/21

DECRETO Nº 3109-HF/2021.-

EXPTE. Nº 740-40/20.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 ABR. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1⁰.- Ratifícase la Resolución N° 56-HF-20, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTICULO 2º.- Autorízase a Escribanía de Gobierno a confeccionar la escritura traslativa de dominio del inmueble adjudicado mediante Resolución N° 56-HF-20.-

ARTICULO 3º.- El dictado de este acto no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas.-

ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda.-

ARTICULO 5º.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Inmuebles, Unidad de Control Previsional, Escribanía de gobierno, Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y vivienda y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR